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El concejo de Cabranes no pagaba tradicionalmente ningún pecho real por ser tenidos sus vecinos como hidalgos, pero "de doce a quince años a esta parte, se han venido de otras partes a vivir al...
 
El concejo de Cabranes no pagaba tradicionalmente ningún pecho real por ser tenidos sus vecinos como hidalgos, pero "de doce a quince años a esta parte, se han venido de otras partes a vivir al dicho concejo algunos...", los cuales eran tenidos por pecheros, aunque nada pagaban; a éstos había que añadir los bastardos e hijos de clérigos e otras personas que podrían ser pecheros" (documento de 1 de noviembre de 1529, García Larragueta). Véase también Manuel Fernández Álvarez, Historia de Asturias, vol. 6, pág. 41. Ayalga Ediciones).